Facturación electrónica
Mensaje Receptor: obligación, plazo y control correcto
Cuándo confirmar o rechazar comprobantes recibidos y cómo se cuenta el plazo máximo de ocho días hábiles.
Autor
Equipo Kontafico
Actualizado
26/7/2026
Revisión
Contexto editorial y fiscal
Contenido informativo para Costa Rica. Revisá decisiones fiscales o contables específicas con tu contador antes de declarar.
Respuesta rápida
Cuándo confirmar o rechazar comprobantes recibidos y cómo se cuenta el plazo máximo de ocho días hábiles.
Cuándo corresponde
La confirmación o rechazo es obligatoria para compras que inciden en declaraciones tributarias autoliquidativas. No es correcto afirmar que toda factura recibida exige siempre el mismo trámite.
La respuesta de Hacienda es relevante para sustentar crédito fiscal o gasto deducible conforme a la normativa aplicable.
Cómo se cuenta el plazo
El plazo máximo es de ocho días hábiles contados desde el primer día del mes siguiente a aquel en que se realizó la transacción. No se cuenta simplemente desde la fecha de emisión de cada factura.
Cuando el comprobante no está vinculado con un beneficio tributario y no se confirma, la regulación contempla una presunción de aceptación total; revisá el efecto concreto con tu contador.
Kontafico no lo envía
Podés organizar el XML y registrar una decisión interna, pero la oferta actual no firma ni transmite Mensajes Receptor a Hacienda. Completá el trámite con tu proveedor fiscal.
Organizá la evidencia antes de declarar
Kontafico prepara registros y borradores revisables. La presentación oficial sigue en TRIBU-CR o con tu proveedor fiscal.
Probar 90 días gratisFuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Son ocho días desde que recibo la factura?
No. La resolución cuenta el máximo desde el primer día del mes siguiente al de la transacción.
¿Kontafico envía el Mensaje Receptor?
No en la oferta actual.